CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- Las disposiciones del presente Reglamento rigen para todos los Campeonatos Regionales, Mundiales y Ligas de ambas ramas auspiciados u organizados por FIMBA.

AUTORIDADES DE LOS CAMPEONATOS

Artículo 2.- Las autoridades de los Campeonatos FIMBA la constituirán en sus respectivos aspectos:
El Director de la Competencia
El Coordinador Técnico
El Tribunal de Disciplina

IDIOMAS OFICIALES

Artículo 3.- Los idiomas oficiales de los campeonatos son el español e inglés. El Comité Organizador está obligado a tener intérpretes de estos idiomas. Los idiomas Portugués y Ruso serán opcionales y deberá haber traductores si fueran necesarios.

DE LOS CAMPEONATOS MUNDIALES, REGIONALES Y LIGAS

Artículo 4.- Los campeonatos durarán hasta diez (10) días. Comenzarán el viernes a las 09:00 hs, con la acreditación de equipos, jugadores/as, participantes y acompañantes y la realización del Congreso Técnico obligatorio y se jugarán en ocho (8) o nueve (9) días, a partir del día sábado por la mañana, finalizando el sábado o domingo subsiguiente a las 20:00 hs, con dos o tres días de descanso por equipo. Los días de descanso no podrán ser en la misma fase o seguidos.

Articulo 4 bis.- Las Ligas durarán seis (6) días. Comenzarán el día previo a los juegos a las 12:00 pm, con la acreditación de equipos y jugadores/as. Ese día se realizará el Congreso Técnico informativo. Se jugarán en cinco (5) días, a partir del día posterior, en el que se realizará la Celebración de Apertura finalizando el torneo el sexto día a las 18:00. Los equipos podrán estar formados por jugadores de distintos países cumplimentando las siguientes reglas: a) deberán tener la edad correspondiente a su categoría o cumplirla en el año del torneo, y b) ningún jugador podrá jugar en una categoría superior a la de su edad.

CAPITULO II

DE LOS EQUIPOS

CATEGORÍAS DE EDAD

Artículo 5.- Los Campeonatos Regionales, Mundiales y Ligas de Maxibásquetbol se jugarán divididos en categorías de edad de los jugadores/as, a saber:
Femenino: 30, 35, 40, 45, 50, 55, 60 y 65 años en más.
Masculino: 35, 40, 45, 50, 55, 60, 65, 70, 75 y 80 años en más.

Artículo 6.- En el futuro podrán establecerse nuevas categorías.

EDAD DE LOS JUGADORES

Artículo 7.- La participación de los jugadores en las categorías establecidas en los artículos precedentes, estará sujeta a las siguientes reglas:

Deberán tener la edad correspondiente a su categoría o cumplirla en el año del torneo.

Ningún jugador podrá jugar en una categoría superior a la de su edad.

En las dos últimas categorías de ambas ramas se permitirá la inclusión de hasta dos jugadores/as de un año menor a la categoría, solamente para el caso de poder completar el mínimo de diez jugadores/as de la lista única. La inclusión deberá ser avalada por el Representante FIMBA del país, quién lo informará hasta 30 días previos al cierre de inscripción.

DE LA CANTIDAD DE PAÍSES Y EQUIPOS POR CATEGORÍA

Artículo 8.- El mínimo de países representados para la programación de una categoría será de tres (3).

Artículo 9.- Si una categoría oficial no tuviera un mínimo de cuatro (4) equipos deberá jugar con la categoría inmediata inferior, pero para las ubicaciones en el torneo y con al menos dos (2) equipos de distintos países, se jugarán finales por el primer puesto entre los equipos de la propia categoría. Los equipos recibirán las medallas correspondientes a su posición y categoría.

EQUIPOS POR PAÍSES Y CATEGORÍAS

Artículo 10.- Los países podrán  inscribir más de un equipo por categoría -los que se identificarán como A, B, etc.
Todos los equipos deberán tener el aval del Representante FIMBA nacional para poder inscribirse.
Articulo 10 bis.- En los campeonatos Regionales se admitirán equipos de otras regiones a los que se los denominará “Embajadores”. Los jugadores de esos equipos podrán ser de un mismo país o de varios de la misma región, Los equipos Embajadores de un mismo país deberán haber participado o estar inscriptos en el campeonato de su región del mismo año, En caso de equipos con jugadores de distintos países, los jugadores deberán haber participado o estar inscriptos en el campeonato de su región del mismo año. Esos equipos se denominarán equipos FIMBA, Los equipos Embajadores no podrán acceder a los juegos por las posiciones finales, La cantidad, categoría y rama de los equipos será determinada por FIMBA en cada campeonato.

FINALES ENTRE PAISES

Artículo 11.- Ningún País podrá obtener el 1ro y 2do puesto en la misma categoría.
Los equipo de un mismo país que participen en la misma categoría deberán eliminarse entre sí, de forma tal que solamente uno como máximo pueda acceder a la final con prescindencia de las zonas de las que provienen y su ubicación en ellas.

SISTEMA DE JUEGO

Artículo 12.- El sistema de disputa de los campeonatos será mediante zonas de clasificación, las que serán conformadas por sorteo y según los calendarios oficiales.
Antes de la realización del sorteo para la conformación de las zonas, y realización del calendario oficial, aquellos equipos que por razones de credo, situaciones especiales o razones de fuerza mayor, no puedan jugar algún día en el campeonato, deberán informarlo por escrito a la Comisión Técnica de FIMBA, a los fines de tenerlo previsto al momento de conformar el calendario respectivo. Luego de esta fecha no habrá cambio alguno por ninguna razón.-

CAPITULO III

PARTICIPANTES – JUGADORES Y LISTAS

PARTICIPANTES

Artículo 13.- Se entiende por participantes a: todos los jugadores, delegados, directores técnicos, asistentes, referís, auxiliares de mesas de control, acompañantes acreditados, autoridades del evento y staff de FIMBA.

Se entiende por asistente, al miembro oficial del equipo que no es delegado, jugador o director técnico.

Art. 13 bis
Ningún réferi o auxiliar de mesa de control podrá participar como jugador/a en el mismo torneo. Ningún asistente o miembro oficial de equipo podrá participar como réferi en el mismo torneo.

DIPLOMAS

Artículo 14.- El Comité Organizador entregará un diploma de participación a todos los participantes del Campeonato suscripto por el presidente del Comité Organizador y el presidente de FIMBA y/o el Presidente Regional en su caso.

EQUIPOS

Artículo 15.- Cada equipo deberá tener un delegado responsable.

Artículo 16.- Derogado

Artículo 17.- Los equipos deberán correr con los gastos de: alojamiento y traslados, el pago del canon por participación, los gastos y expensas de todos los integrantes durante el torneo y la movilidad interna.

Articulo 17 bis.- Los equipos, los auxiliares extras y los acompañantes inscriptos, que por cualquier razón no puedan participar del campeonato, percibirán la devolución del 100% del pago de la inscripción (menos gastos) si informaran su incomparecencia antes de los ciento veinte (120) días previos a la iniciación del campeonato, y percibirán la devolución del 50% del pago de la inscripción si informaran su incomparecencia antes de los sesenta (60) días previos a la iniciación del campeonato.

El retiro o la incomparecencia informada con posterioridad a esa fecha, no ameritará la devolución de suma alguna, quedando las inscripciones abonadas para paliar los gastos del campeonato.

CREDENCIALES

Articulo 18.- Cada integrante de los equipos participantes, recibirá al momento de acreditarse una credencial donde figurará el número de su Licencia Fimba, sus datos personales, fecha de nacimiento y país al que representa.-.

DE LOS JUGADORES

Artículo 19.- Los equipos participantes deben estar integrados por jugadores/as de la nacionalidad del país que representan.

Aquellos jugadores/ras que pretendan jugar por un país distinto al de su nacionalidad, deberán acreditar fehacientemente, con la firma del Representante FIMBA de su país, tener un año de residencia en el mismo.

El jugador o jugadora que intervenga por un país no podrá hacerlo por otro hasta el próximo evento de la misma naturaleza. El término nunca podrá ser menor a dos años.

Artículo 19 bis.- Todo participante debe poseer su Licencia FIMBA para poder integrar un equipo. La misma deberá estar autenticada por el Representante Nacional o en su defecto por el Presidente de la Región que corresponda.

ACREDITACIÓN DE JUGADORES

Artículo 20.- Estarán habilitados para jugar en los Campeonatos FIMBA, Ligas, Regionales y Mundiales los jugadores/as que: posean su Licencia FIMBA, acrediten tener la edad o que la cumplan durante el año calendario de acuerdo al Artículo 7, se encuentren inscriptos en la lista única de su equipo antes del comienzo del torneo, hayan presentado su certificado de aptitud física al Representante FIMBA de su país y firmado su deslinde de responsabilidad.

DE LOS DELEGADOS

Artículo 21.- El Delegado de cada equipo es responsable ante las autoridades del campeonato de: Inscribir el equipo, Presentar la lista oficial con el número de Licencia Fimba de sus jugadores, en tiempo y forma.

Efectuar los cambios e incorporaciones en forma oportuna.

Cumplir con todas las reglas y reglamentos FIMBA.

Suscribir el formulario de Delegado.

LISTAS UNICAS

Artículo 22.- La lista única de jugadores de cada equipo participante de los Campeonatos FIMBA, Ligas, Regionales o Mundiales deberá ser completada on-line o enviada por e-mail al Comité Organizador antes del cierre fijado de inscripción al torneo consignando el número de Licencia Fimba de cada jugador.-

Para el caso de que algún jugador no haya obtenido la Licencia Fimba hasta ese momento, deberán consignar obligatoriamente su fecha de nacimiento y el número de pasaporte o de número de identidad vigente, otorgado por la autoridad competente y presentar la copia.

Articulo 22 bis.- Las listas únicas deberán estar integradas por el mínimo que corresponde a la categoría y hasta quince (15) jugadores/as.

Podrán tener tres (3) asistentes técnicos, completando los quince (15) integrantes en total.

Se podrán inscribir por separado hasta cuatro (4) auxiliares extras.

En las categorías: 30+, 35+, 40+, 45+, y 50+ la lista única deberá tener un mínimo de 8 jugadores/as.

En las categorías: 55+, 60+, 65+, 70+, 75+ y 80+ la lista única deberá tener un mínimo de 10 jugadores/as.

Los equipos que tengan menos de 12 jugadores/as podrán completarse con auxiliares, directores técnicos o con el delegado.

Luego del primer partido, si un equipo por fuerza mayor no tiene la cantidad necesaria exigida para participar, podrán jugar con la cantidad mínima necesaria para que se dispute el partido de acuerdo a las reglas FIBA.

Únicamente podrán jugar doce (12) jugadores/as por partido.

JUGADORES DE OTRAS CATEGORIAS O EQUIPOS

Artículo 23.- No se admitirá que ningún jugador/a juegue en dos categorías o equipos a la vez en el mismo torneo.

AUXILIARES EXTRAS

Artículo 24.- Las personas agregadas a una lista única de 15 integrantes, no podrán exigir de la entidad organizadora ninguna clase de derechos y/u obligaciones, excepto que hubieren abonado su inscripción como auxiliares extras.
Se aceptarán únicamente hasta 4 auxiliares extras por equipo.

CAMBIOS Y MODIFICACIONES

Artículo 25.- Los cambios e incorporaciones de jugadores/as, D.T. y/o asistentes de la lista única, podrán realizarse hasta siete (7) días previos al inicio del campeonato.

EDAD, APTITUD FISICA Y DESLINDES DE RESPONSABILIDAD

Artículo 26.- El delegado del equipo deberá presentar al Comité Organizador durante la acreditación: a) los deslindes de responsabilidad (waivers) firmados por cada uno de los participantes de la lista oficial y b) suscribirá el formulario de delegado donde acreditará tener en su poder los certificados de aptitud física de cada miembro de su equipo.

CERTIFICADO DE PARTICIPACION

Artículo 27.- Cualquier participante podrá solicitar que el Comité Organizador le extienda un certificado de participación por el tiempo de duración del torneo.

CAMISETAS DE JUEGO

Artículo 28.- Al momento de la acreditación, cada delegado de equipo deberá informar los colores de sus dos juegos de camisetas obligatorios, uno claro y otro oscuro.

1) Treinta (30) minutos antes de cada partido, el delegado deberá confirmar a la mesa de control la lista de los 12 jugador/as con los números de camiseta con el que actuarán.

Artículo 29.- Las camisetas de juego podrán tener el nombre del país del equipo y/o avisadores. Los avisadores deberán ser informados previamente a FIMBA para su autorización. No podrán utilizarse ni figuras ni leyendas que ofendan la moral o sean discriminatorias. Todas las camisetas de juego deberán tener el logo de FIMBA en algún ángulo superior de la parte delantera.

CAPITULO IV

CONGRESO TÉCNICO DEL CAMPEONATO E INFORMACIONES

Artículo 30.- El Comité Organizador realizara un Congreso Técnico informativo previo al inicio de los juegos cuya asistencia es obligatoria para todos los delegados de los equipos participantes.

Todas las informaciones estarán previamente comunicadas por el Comité Organizador en la revista oficial “Overtime” del Campeonato. El Comité Organizador deberá contar obligatoriamente con traductores de Inglés, Ruso, Portugués y Español durante el Congreso.

En el Congreso Técnico será informado lo siguiente: Ubicación de las canchas, programa de partidos, reglas de juego y del torneo, referís, oficiales de mesa, fiestas, celebraciones, informaciones generales, etc.
Fecha y hora de las reuniones del campeonato.
No habrá cambio de horario en el calendario de juego o modificación de partidos o fechas.
Cualquier información adicional durante el campeonato deberá ser notificada a todos los delegados de los equipos participantes, con constancia de su recepción.

ASUNTOS DE INTERÉS GENERAL PARA EL MAXIBASQUETBOL

Artículo 31.- Con posterioridad al Congreso Técnico se podrán tratar todos los asuntos que considere FIMBA y los Comités Regionales de interés general para el desarrollo y mejoramiento del Maxibásquetbol, designando hora y lugar de próximas reuniones durante el torneo a la que podrán asistir los delegados de los distintos equipos, las autoridades del Comité Organizador, las autoridades Regionales, los Representantes FIMBA, el Coordinador Técnico, el Directo de la Competencia y las autoridades de FIMBA presentes.

CAPITULO V

DEL COORDINADOR TÉCNICO Y DEL DIRECTOR DE LA COMPETENCIA

COORDINADOR TECNICO

Artículo 32.- El Coordinador Técnico del campeonato será designado por FIMBA y actuará como: Comisionado técnico y veedor del campeonato, Coordinador de los réferis y oficiales de mesa de control, Jefe técnico durante todo el desarrollo del torneo, Evaluador de los aspirantes a Réferi FIMBA y, Encargado de enviar diariamente las planillas de juego y los informes presentados por los réferis al H.T.D. del campeonato, informando a este las descalificaciones de jugadores sin informe e informará a este de las suspensiones automáticas.

1) Su labor comienza el día su designación y finaliza con la entrega del informe final.

2) El Comité Organizador designará una persona de lengua local y bilingüe para su asistencia y colaboración.
Tiene la obligación de asistir al Congreso Técnico conjuntamente con el Coordinador Técnico y a todas las reuniones programadas durante el torneo donde el Coordinador Técnico deba estar presente.
3) El Coordinador Técnico tendrá las siguientes atribuciones y obligaciones: Noventa (90) días previos al campeonato solicitará al Organizador la lista mínima y necesaria de réferis locales para el campeonato, con la categoría y experiencia de cada uno. Hará las gestiones para la presencia de los réferis necesarios en caso de que la lista no sea suficiente; También solicitará el listado mínimo y necesario de oficiales de mesa para el campeonato, con nombre, antecedentes y edad de cada uno y hará las gestiones para la presencia de los oficiales necesarios en caso de no ser suficientes; Veinte (20) días previos al campeonato efectuará una video conferencia con los Réferis FIMBA designados para refrescar reglas y organizar el trabajo conjunto;  El día anterior al inicio del campeonato y en hora programada mantendrá una reunión técnica con los réferis del campeonato para: la presentación de los réferis nacionales e internacionales y, informar: a) las normas del torneo, b) el calendario de juego, c) los sistemas deportivos, d) las sugerencias para el arbitraje, e) los cambios e informes de último momento, etc.; Designará a los referís que dirigirán cada uno de los partidos. Establecerá el réferi principal, el segundo y tercero, más un réferi suplente de reemplazo por ausencia o impedimento circunstancial de alguno de ellos. El réferi principal siempre será un réferi FIMBA. Podrá separar del cuadro de referís a quienes no demuestren condiciones técnicas para actuar en el certamen; Designará a los auxiliares de mesas de control, personas mayores de 18 años y mantendrá con ellos reuniones, con el objeto de apreciar su responsabilidad y conocimientos; Controlará y visará las planillas juego, constatando la progresión del tanteador, los resultados parciales, el resultado final, el tanteador por jugador/a y la existencia de descalificaciones de jugadores/as sin informe; A las 72 horas de iniciado el torneo emitirá la evaluación de los aspirantes a Réferi FIMBA. Los que demostraran aptitudes positivas continuarán arbitrando y los que sean reprobados finalizarán su actuación en el mismo, perdiendo los derechos de alojamiento gratis y extras, debiendo regresar a sus lugares de origen; Presentará a las autoridades de FIMBA un resumen final del desarrollo técnico del torneo conteniendo los aspirantes calificados para Réferi FIMBA; Se encargará de cobrar del Organizador y pagar los aranceles por partido a cada Réferi FIMBA; El/ella o su asistente enviarán diariamente al Director de la Competencia todas las planillas de juego, los informes recibidos y la información de los jugadores/as descalificados sin informe para las suspensiones automáticas.

Articulo 33.- La designación de los referís para los partidos efectuado por el Coordinador Técnico del campeonato no podrá ser impugnada por ningún concepto.

Artículo 34.-  El Organizador deberá contar con una cantidad suficiente de réferis locales y de oficiales de mesa con capacidad para cubrir todos los partidos del campeonato y de un conjunto suficiente de auxiliares para colaborar en calidad de veedores, todos ellos mayores de 18 años.
1)   Si lo considera necesario el Coordinador Técnico podrá: remover del torneo a los réferis, oficiales de mesa y veedores, y podrá solicitar y designar nuevos réferis, oficiales de mesa o veedores.

Artículo 35. La persona designada por el Comité Organizador para colaborar con el Coordinador Técnico, indicará a este el nivel de los réferis locales, los que deberán estar debidamente habilitados por entidad nacional e internacional al efecto para participar con los réferis internacionales que haya designado FIMBA para el torneo.

1) Los réferis FIMBA deberán contar con su licencia anual actualizada para ser designados.

DIRECTOR DE LA COMPETENCIA

Artículo 35 bis.- El Director de la Competencia del campeonato será designado por FIMBA.

1) Su labor comienzan el día de su designación y finaliza con la entrega del sumario final;

2) Tendrá las siguientes atribuciones y obligaciones:

Previo al inicio del campeonato organizará el sorteo público de los equipos de cada  categoría de acuerdo a la cantidad en cada una de ellas; con posterioridad al sorteo preparará el calendario de juegos del campeonato con horarios y designación de canchas  de acuerdo a las reglamentaciones vigentes;

Durante el Congreso Técnico del torneo al que tiene la obligación de asistir:

recordará las normas del torneo;

hará recomendaciones para la buena disciplina de equipos y jugadores;

efectuará aclaraciones de reglas de juego;

recordará las obligaciones de uso sobre las camisetas de juego según sean locales o visitantes, la puntualidad de los horarios de comienzo de partidos, el sistema de calendario de cada categoría, el proceso de suspensión automática por descalificación o doble falta técnica, etc.;

responderá las preguntas de su área que se le efectúen;

Llevará los resultados de todos los partidos del torneo y las clasificaciones de equipos; será el encargado y responsable de completar con los equipos clasificados el dibujo de los partidos de semifinales y finales y el resto de los partidos por las otras posiciones, cumpliendo con las normas FIMBA;

A la finalización del campeonato presentará al Organizador y a las autoridades de FIMBA un resumen con el resultado de todos los partidos disputados, la clasificación final de los equipos participantes y la tabla de goleadores por categoría.

CAPITULO VI

DE LAS CELEBRACIONES

CELEBRACION DE APERTURA

Artículo 36.- El día de la inauguración del campeonato se realizará una celebración de Apertura obligatoria para todos los equipos participantes, en el gimnasio donde luego podrá realizase un partido programado de la fecha, o donde el Organizador lo proponga a FIMBA y sea aceptado.

El organizador y FIMBA podrán decidir algún otro tipo de celebración que se ajuste a los intereses del torneo.

Artículo 37.- Todos los integrantes de los equipos de los distintos países:

Desfilarán detrás de sus banderas y el nombre del país portado por personas designadas por el Comité Organizador de acuerdo al orden alfabético de los países, con excepción de los equipos del país organizador que cerrarán el desfile.

Se ubicarán frente al palco de honor, manteniéndose en esa posición detrás de su cartel estandarte o bandera, o donde lo indique el Organizador.

La celebración seguirá con:

La música oficial de FIMBA u otra acorde sonará durante el desfile.

Cuando las Delegaciones hayan tomado su posición se procederá a escuchar los el Himno Nacional del país organizador.

Luego de ello el Presidente del Comité Organizador dirigirá algunas palabras de bienvenida. Las mismas no podrán exceder de dos minutos.

Luego el Presidente de FIMBA o su representante dará su saludo. No podrá exceder los tres minutos.

A continuación el Presidente de la región donde se desarrolla el evento abrirá oficialmente el Campeonato, con estas palabras: En mi carácter de Presidente de (región) declaro abierto el (numero) Campeonato (Regional o Mundial) de Maxibásquetbol (ciudad y año).

Resonara entonces una música apropiada o la música oficial de FIMBA y en caso de estar en la cancha los equipos, la abandonaran por el camino más corto, en el mismo orden de entrada.

Posteriormente se presentará un show acorde al evento.

La celebración no podrá durar más de 45 minutos en total.

Luego de la celebración podrá disputarse un partido atractivo programado de la fecha.

Con posterioridad a la celebración o el partido se iniciará la Fiesta de Bienvenida.

EVENTO SOCIAL

Artículo 38.- El día martes por la noche antes de la finalización de la etapa de clasificación de los equipos, se realizará un evento social gratuito con comida y esparcimiento, que reunirá a todos los participantes, autoridades presentes y staff del Campeonato. Durante este evento se hará el anuncio de las próximas sedes.

CENA DE REPRESENTANTES

Artículo 39.- El día jueves por la noche se realizará una cena formal para los Representantes FIMBA, autoridades y staff de FIMBA, autoridades del Comité Organizador e invitados especiales.

CAPITULO VII

PREMIOS Y FINALIZACION DEL CAMPEONATO

MEDALLAS Y TROFEO

Artículo 40.- Se entregarán medallas a todos los miembros de los primeros cuatro equipos de cada categoría y rama a la finalización de los encuentros, estas serán:

Color acero griseado para el 4° puesto y bronceadas para el 3° lugar,

Plateadas para el 2° puesto y doradas para el 1° lugar.

En todos los casos los medallas serán quince (15) para cada uno de los cuatro equipos.

Se entregará un trofeo o copa a cada equipo que obtenga el 1° puesto en cada categoría.

HORARIO DEL ÚLTIMO PARTIDO DEL CAMPEONATO

Artículo 41.- Los primeros partidos programados deberán comenzar con posterioridad a las 8 am del primer día y el último partido programado deberá comenzar antes de las 6 pm del último día.

ENTREGA DE MEDALLAS

Artículo 42.- Las autoridades de FIMBA y del Comité Organizador entregarán las medallas de las cuatro primeras posiciones y la copa del primer puesto.

DESPEDIDA

Artículo 43.- El presidente del Comité Organizador dará el saludo de despedida a los participantes en cada ceremonia.

CAPITULO VIII

DE LOS PARTIDOS

Artículo 44.- Todos los partidos tendrán el siguiente puntaje:
Dos puntos (2): Al ganador;
Un punto (l): Al perdedor;
Cero (0): Al que no se presente a disputar un encuentro a la hora y en la cancha fijada o al equipo que se retire de un partido.

Artículo 45.- Habrá un solo partido por día, por equipo.

Artículo 46.- Ningún equipo podrá jugar dos partidos seguidos en menos de 20 horas ni lo podrá hacer más de tres días seguidos

Artículo 47.- Ningún equipo podrá jugar menos de cuatro (4) ni más de siete (7) partidos durante el Campeonato Regional o Mundial, y cuatro (4) máximos en una Liga. Las categorías M60+ y F50+ no podrán jugar más de 6 partidos en los campeonatos regionales o mundiales.

Artículo 48.- Los partidos se programarán cada hora treinta minutos o cada hora y cuarenta y cinco minutos durante la clasificación y cada hora y cuarenta y cinco minutos o dos horas durante las finales y no habrá espera. El equipo que no esté presente en el horario establecido perderá el partido.

SUSPENSIÓN DE PARTIDOS

Artículo 49.- En caso de suspensión de un partido por cualquier causa una vez iniciado o antes de su inicio, no volverá a reprogramarse, debiendo resolver el Tribunal de Disciplina las sanciones correspondientes y su resultado.

Si la suspensión o imposibilidad de jugarlo se deba a un hecho fortuito no imputable a ninguno de los dos equipos, se resolverá por sorteo que realizará el Director de la Competencia con la presencia de ambos delegados y capitanes de los equipos involucrados.<br>
Si el partido fuera suspendido luego de comenzado por causas de fuerza mayor, se definirá con el resultado a ese momento.

Artículo 50.- Derogado.

Artículo 51.- Una vez efectuado el sorteo, de acuerdo al art. 12, no habrá cambio de fechas o partidos, ni habrá reprogramación alguna por ninguna causa.

DISPUTA DE PARTIDOS

Artículo 52.- Todo partido jugado no podrá por ninguna causa ser jugado nuevamente, debiendo estarse a lo que resuelva en materia de sanciones y resultados el Tribunal de Disciplina.

Artículo 53.- Todos los partidos programados deben disputarse.

PARTIDOS FINALES

Artículo 54.- En todos las categoría deberá haber final, que se jugarán en lo posible el mismo día.

SISTEMA DE DESEMPATES

Artículo 55.- Producido el empate de posiciones entre dos, tres o más equipos, se definirá de la siguiente manera:
Entre dos equipos, se clasifica el ganador de su partido,
Entre tres o más equipos, el Sistema Olímpico de:
Ganadores entre sí,
Si subsiste, diferencia de goles (a favor y en contra) en su zona,
Si subsiste, el que hubiera obtenido más goles a su favor en su zona.

DE LOS ENTRENAMIENTOS

Artículo 56.- El Comité Organizador tendrá previsto durante las 48 horas previas al torneo y durante los horarios libres del campeonato, los lugares y horarios de entrenamiento y práctica de los equipos que así lo solicitaren por escrito en el Centro de Acreditaciones o Informaciones.

CAPITULO IX

DE LAS REGLAS DE JUEGO

Artículo 57.- Toda regla de juego que no esté expresamente modificada por el presente, se regirá por las reglas y normas generales aprobadas por FIBA.

DIVISIÓN POR CUARTOS

Artículo 58.- Los partidos de Maxibásquetbol, se jugarán en dos (2) tiempos de 20 minutos, divididos en cuatro (4) cuartos de 10 minutos cada uno.
DESCANSO ENTRE CUARTOS

Artículo 59.- Entre el primero y segundo cuarto y el tercero y el último cuarto habrá  un descanso obligatorio de 2 minutos. Entre el primer tiempo y el segundo, esto es entre el segundo y tercer cuarto, habrá  un descanso obligatorio de entre 5 y 10 minutos.

REANUDACIÓN DE JUEGO

Artículo 60.- El primer cuarto comienza con un salto entre ambos equipos en el círculo central de la cancha. El resto de los cuartos comienza y se reanuda de acuerdo a la regla de la pelota alterna.<br>
MINUTOS DE DESCANSO

Artículo 61.- Cada equipo podrá solicitar tres minutos de descanso en cada tiempo, con un máximo de dos minutos por cuarto.Los tiempos suplementarios tienen un minuto de descanso por equipo.

FULES POR EQUIPO

Artículo 62.- La acumulación de cuatro faltas por equipo y por cuarto, determinará que a partir de la quinta falta se efectúen dos lanzamientos libres por parte de quien sufriera la falta.

1)  La acumulación de cuatro faltas es por cuarto y lo deberá informar la mesa de control en forma visible. Todos los cuartos comienzan sin acumulación de faltas por equipo.

COLOR DE LAS CAMISETAS DE JUEGO

Artículo 63.- El equipo que figura a la izquierda del calendario deportivo usará camisetas claras. El equipo que figura a la derecha del calendario usará camisetas oscuras.

REGLAS ESPECIALES PARA CATEGORÍAS MAYORES

Artículo 64.- Las categorías M60+ en más y F50+ en más jugarán con una regla especial de posesión de pelota: los equipos tendrán 10 segundos para pasar la media cancha y el reloj de 24 segundos se pondrá en marcha una vez pasada esta.

Las categorías M60+ en más y F50+ jugarán en los estadios más pequeños utilizados para el evento.

PLANILLAS DE JUEGO

Artículo 65.- Las planillas de juego serán confeccionadas por el Comité Organizador con hasta doce (12) jugadores y de acuerdo a los números de camiseta que le indique el delegado, 30 minutos antes de su partido. Los jugadores deberán estar inscriptos en la Lista Oficial.

1) Los errores administrativos de confección de planillas de juego serán de exclusiva responsabilidad del Comité Organizador y no de los equipos participantes.

FIRMA DE LA PLANILLA

Artículo 66.- Únicamente el capitán del equipo deberá firmar la planilla antes del inicio del partido en caso de no ser digital.

CAPITULO X

DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEL CAMPEONATO

Artículo 67.- Se designará un Tribunal Disciplinario para el torneo compuesto por tres (3) integrantes titulares, de acuerdo al Código de Procedimiento y Penas de Campeonatos FIMBA. El Comité Organizador proveerá una oficina ubicada en el Centro de Informaciones, una cartelera visible para la notificación de las sanciones, suspensiones, recursos, quejas y decisiones del Tribunal y una cartelera similar en el sitio web del campeonato.

SANCIONES DISCIPLINARIAS PREVIAS

Artículo 68.- Los jugadores/as, equipos y/o persona sancionada con penas a cumplir en futuros campeonatos, no podrán jugar o participar hasta que la misma haya sido cumplida.

SUSPENSION AUTOMATICA

Artículo 69.- Todo jugador/a descalificado de un juego cumplirá la pena de suspensión automática del próximo partido. En caso de que haya informe elevado al Tribunal de Disciplina deberá cumplir el procedimiento del Código de Penas.

DOBLE  FALTA TÉCNICA

Art. 70.- Todo jugador/a que reciba su segunda falta técnica en un partido será descalificado del juego.

CAPITULO XI

DE LOS REGLAMENTOS ESPECIFICOS
Artículo 71.- Los equipos, jugadores, directores técnicos y auxiliares, los organizadores de campeonatos FIMBA y los asistentes a estos en cualquier carácter oficial deberán cumplir y respetar todos los reglamentos y normas dictados por FIMBA.

DERECHO DE ADMISIÓN
Artículo 72.- FIMBA se reserva el derecho de no admitir la inscripción de equipos y/o integrantes de equipos, a los distintos eventos y campeonatos organizados o auspiciados por ella, con o sin aval del Representante FIMBA del país, en los casos en que los equipos o alguno de sus integrantes hayan cometido alguno de los siguientes hechos: a) Se opongan a los ideales de FIMBA y/o del maxibásquetbol; b) No acaten o acepten las reglas instituidas por FIMBA para la realización de torneos de maxibásquetbol; c) Realicen actos o hechos que tiendan a impedir la realización de los eventos y torneos organizados o promocionados por FIMBA; d) Realicen actos o hechos que tiendan a perjudicar la imagen de FIMBA y/o de cualquiera de sus directivos; El Tribunal de Disciplina de FIMBA podrá intervenir de oficio o ante cualquier denuncia que por los hechos mencionados, se le presenten. Se deja expresamente aclarado que los presentes hechos tiene carácter meramente enunciativo.

PROMOCIÓN DE EVENTOS
Artículo 73.- FIMBA solo aceptará la publicidad de los eventos y campeonatos organizados, auspiciados o autorizados por ella en sus propios medios. Asimismo solo permitirá la utilización de su nombre y sus logos para la promoción de torneos que hayan sido organizados, auspiciados o autorizados por ella. Se entiende por promoción o publicidad en todos sus medios, a los gráficos, televisivos, redes sociales, campeonatos, eventos, congresos, conferencias, etc. FIMBA podrá accionar por los daños y perjuicios que le haya causado contra quién o quienes hayan incumplido la presente regla o utilizado su nombre o isologotipo sin autorización. .

CAPITULO I
REGLAS DE APLICACIÓN

Artículo 1.- Todas las irregularidades e infracciones cometidas en el ámbito y jurisdicción de FIMBA serán sancionadas por el Honorable Tribunal de Disciplina; las irregularidades e infracciones cometidas en el ámbito y jurisdicción de un campeonato FIMBA, serán sancionadas por el Honorable Tribunal de Disciplina del Campeonato con las penas que fija el presente Código.
HONORABLE TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEL CAMPEONATO
Artículo 2.- El H.T.D.C. es el encargado de estudiar, resolver y sancionar las irregularidades e infracciones cometidas desde el inicio hasta la finalización de un campeonato FIMBA, en concordancia con las normas del presente Código, los Reglamentos de FIMBA, y la prueba de los hechos aportados a la causa.
Artículo 3.- El H.T.D.C. estará compuesto por tres (3) integrantes. Se designará un Presidente, un Vocal primero, un Vocal segundo. La designación de los miembros del Tribunal y el cargo que ocuparán dentro del mismo, será realizada por el Presidente, el Secretario de FIMBA y el Presidente del Comité Organizador del Campeonato.
Artículo 4.- El H.T.D.C. funcionará desde el primer día del campeonato hasta las dos (2) horas posteriores al último partido del campeonato y/o por habilitación, las que fueren necesarias si así lo determinara el Tribunal.
Artículo 5.- Toda resolución será dictada dentro de las dos horas siguientes al vencimiento del plazo para la presentación del descargo y será notificada inmediatamente mediante publicación en la cartelera de notificaciones y en la página web del campeonato situada en www.fimba.net.
CAPITULO II
INFORMES
Artículo 6.- Ante cualquier infracción al presente Código, podrán presentar en la oficina del Coordinador Técnico los informes correspondientes: a) El Director de la Competencia, b) los réferis de los partidos; c) los veedores de los partidos, y/o, d) las Autoridades del campeonato.
Artículo 7.- Los informes presentados y las descalificaciones sin informe serán diariamente elevados por el Coordinador Técnico al H.T.D.C. para su tratamiento.
Artículo 8.- Los informes deberán ser efectuados por los réferis en la planilla del partido con explicación de lo ocurrido en español o inglés. La eventual ampliación del informe por parte de los réferis y/o las personas indicadas en al art. 6º deberá ser presentado en las oficinas del Coordinador Técnico dentro de las dos (2) horas de ocurrido el hecho y/o concluido el partido.
Artículo 9.- El envío de los informes por parte del Coordinador Técnico al H.T.D.C se realizará el mismo día de cometido el hecho o la descalificación.
Artículo 10.- En caso de suspensión de partido por parte de los réferis, estos deberán expresar las razones extremas que motivaron tal resolución en su informe.
DENUNCIAS
Artículo 11.- Podrán efectuar denuncia por cualquier infracción al presente Código y/o al  Reglamento para Campeonatos FIMBA, quienes consideren que ha existido una violación a dichas normas, debiendo efectuarla por escrito. Las denuncias contra equipos únicamente podrán realizarlas los delegados de los equipos participantes o, en su defecto, los capitanes. La presentación de la denuncia deberá acompañarse con el pago de caución que se estipula en el art. 13 del presente Código.
TÉRMINOS DE PRESENTACIÓN
Artículo 12.- Las denuncias deberán ser presentadas por escrito en español o inglés, dentro de las dos (2) horas posteriores de ocurrido el hecho o finalizado el partido en el lugar donde funcione la oficina del Comité Organizador.
PAGO DE CANON
Artículo 13.- Las denuncias deberán estar acompañadas del pago del canon de U$S 250.- para que sean giradas al H.T.D.C., no se admitirán denuncias que no cumplimenten los requisitos de plazo y del depósito del canon.
TRATAMIENTO DE INFORMES, DENUNCIAS Y QUEJAS
Artículo 14.- Recibido un informe y/o denuncia y/o queja, el Tribunal podrá citar a las personas y/o partes involucradas para ser interrogadas, o solicitar alguna prueba, si lo considerara necesario. La resolución será inmediata luego del descargo o del término para efectuarlo y se notificará al imputado en ese momento. Si este/a no estuviera presente, quedará igualmente notificado, como lo dispone el art. 21 del presente.
Artículo 15.- Los informes y/o denuncias y/o quejas serán notificados mediante publicación en la cartelera de notificaciones y en el sitio web del campeonato situado en el sitio web www.fimba.net, para que los imputados puedan presentar el descargo que hace a su derecho de defensa, conforme lo establecido en el presente Código.
Artículo 16.- El día final del campeonato podrán ser presentados los informes y denuncias hasta (30) minutos posteriores a la finalización del partido correspondiente, y serán tratados dentro de la hora siguiente de recibido por el Tribunal y su resolución será definitiva e inapelable.
DESCARGOS
Artículo 17.- La parte denunciada, informada o imputada, podrá hacer su descargo por escrito, presentándolo dentro del día de publicación en la cartelera de notificaciones o el sitio web del campeonato y hasta las 10:00 am del día siguiente, en  la Oficina del H.T.D.C.
Artículo 18.- Si el hecho se produjera el último día del campeonato, el descargo podrá realizarse dentro de los 30 minutos posteriores al traslado del informe y/o denuncia presentada. La falta de presentación de descargo producirá la caducidad automática del derecho a realizarlo y  H.T.D.C. resolverá igualmente.
SUSPENSIÓN PROVISORIA
Artículo 19.- Todo jugador/a, director técnico o auxiliar informado por los réferis del partido, o descalificado/a del juego por cualquier motivo, deberá cumplir la suspensión automática en el partido siguiente que deba disputar según el calendario de juego. Ello se cumplirá sin perjuicio de la sanción que pueda aplicar el H.T.D.C.
Si no cumpliera la suspensión del próximo partido, la pena se duplicará para los próximos dos partidos.
REDIMISIÓN POR MULTA
Artículo 20.- La suspensión por descalificación sin informe, podrá ser redimida con el pago de una multa de (U$S 150.-) Ciento cincuenta dólares estadounidenses, por única vez en el campeonato. Dicha multa deberá ser abonada en la Oficina del  H.T.D.C. quien verificará que no haya informe de los réferis del partido y que sea la primera sanción y en su caso autorizará el levantamiento de la suspensión para el próximo partido.
NOTIFICACIONES
Artículo 21.- Durante los días del campeonato se fijarán en la cartelera de notificaciones del Tribunal, en el Centro de Informaciones y en la página web del campeonato, las sanciones automáticas, las resoluciones del Tribunal, las denuncias y los informes. La notificación será automática.
PAGO DE CAUCIÓN
Artículo 22.- El recurso de apelación contra una resolución del deberá ser presentado por el interesado y/o delegado de equipo, conjuntamente con el pago de un canon de U$S 250. (Doscientos cincuenta Dólares estadounidenses). En caso de no cumplir con el pago del canon estos se tendrán por no presentados. El pago del canon se efectuará en las oficinas del H.T.D.C.
Artículo 23.- Derogado
RECURSOS DE APELACIÓN
Artículo 24.- Contra las resoluciones del H.T.D.C. podrá interponerse recurso de Apelación, previo cumplimiento de lo estipulado en art. 22  del presente Código, a fin de que lo estudie y resuelva en definitiva. Esta Resolución será inapelable y se cumplirá en forma inmediata.
Artículo 25.- Derogado
Artículo 26.- El recurso de apelación se interpondrá por escrito, en inglés o español, debidamente fundados, en la oficina del H.T.D.C. hasta las 10:00 am del día siguiente de la publicación de la sanción en la cartelera de notificaciones y el sitio web del torneo, conjuntamente con el pago del canon establecido en el Art. 22.
Artículo 27.- Los recursos serán tratados y resueltos antes de las 7:00 pm del día en que fueren presentados.
Artículo 28.- Derogado
Artículo 29.- El incumplimiento de los requisitos de tiempo y forma en la presentación de un recurso, determinará tener el mismo por no presentado.
Artículo 30.- Todas las sumas recibidas por el H.T.D.C., serán destinadas al Registro de Reincidencias de FIMBA.
CAPITULO III
DE LAS PENAS Y DEL PAGO DE GASTOS Y REPARACION DE DAÑOS
Artículo 31.- El cumplimiento de las penas dispuestas por resolución del H.T.D.C., serán verificadas por el mismo H.T.D.C..
Artículo 32:  En caso de verificarse que el/los sancionados han incumplido la pena impuesta, serán suspendidos para intervenir en cualquier torneo organizado o patrocinado por FIMBA por el plazo de dos años. Igual pena corresponderá aplicar a aquellas personas u organizaciones que hayan permitido o alentado el incumplimiento por parte del sancionado.
Artículo 33.- Se considerará hecho sujeto a pena y, en consecuencia, susceptible de ser sancionado, toda acción u hecho expresamente previsto en este Capítulo y aquellos que, sin ser taxativamente mencionados, afecten los campeonatos auspiciados u organizados por FIMBA.
Artículo 34.- En caso de duda se estará siempre a lo que resulte más favorable al imputado.
No podrá ser aplicada más de una pena por cada hecho.
PENAS
Artículo 35.- Se aplicarán las siguientes penas:

  1. Suspensión e Inhabilitación
  2. Expulsión
  3. Descuento y/o pérdida de puntos
  4. Multa

Sin perjuicio de la pena a aplicarse el imputado deberá pagar todos los gastos que irrogaren su conducta y la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.
Artículo 36.- La pena de suspensión produce automáticamente la inhabilitación de los sancionados/das por el tiempo que se aplique, para participar en torneos organizados y/o patrocinados por FIMBA, subsistiendo el resto del as obligaciones.
Artículo 37.- Si el termino de la sanción fuere por años se entiende que la misma comienza en la fecha en que la resolución ha quedado firme y hasta la fecha de comienzo del similar campeonato en la que recayó la sanción.-
Artículo 38.- El mismo criterio se aplicará cuando la sanción recayera en delegados o representantes FIMBA.-
Artículo 39.- La pena de expulsión hace cesar los derechos en forma permanente en todo carácter.
Artículo 40.- La pena de pérdida de puntos consiste en la quita de los puntos en disputa, independientemente del resultado del juego.
Artículo 41.- La pena de descuento de puntos consiste en la quita de los puntos acumulados antes de la sanción.
Artículo 42.- La pena de Multa se aplica a personas, equipos y representantes y tendrá el alcance que fija el presente Código, aplicado por el H.T.D.C. En caso de multa al equipo, todos sus integrantes: delegado, Director Técnico, asistentes y jugadores son responsables solidariamente y quedarán suspendidos hasta el efectivo pago de la misma.
Artículo 43.- Será competencia exclusiva del H.T.D.C. la decisión, plazos y cuantía del monto y pago de los Daños y Perjuicios ocasionados.
CÓMPUTO DE LAS PENAS
Artículo 44.- Los plazos establecidos en el presente Código se contarán desde el día y hora que figura en la cartelera de notificaciones y el sitio web del torneo de acuerdo al Artículo 21.
Artículo 45.- Los plazos establecidos en días serán siempre corridos. Los plazos en partidos, serán los sucesivos e inmediatamente posteriores según el calendario de juego del campeonato.
Artículo 46.- La pena de multa y el pago de gastos y daños y perjuicios deberán cancelarse dentro del plazo que fije el H.T.D.C. Vencido el plazo fijado y hasta tanto no se haga efectivo el pago de la multa o los daños y perjuicios, el equipo o las personas penadas y obligada al pago quedarán inhabilitada. Dicha inhabilitación cesará inmediatamente con el pago.
Artículo 47.- Derogado
Artículo 48.- Derogado
Artículo 49.- Derogado

GRADUACIÓN DE LA PENA
Artículo 50.- A los efectos de dictar pena, se tendrán en cuenta el carácter y representación que investía cuando se produjo el hecho, sus antecedentes -que surgirán exclusivamente del Registro de Reincidencias del Artículo 53 del presente Código-,  como así también las circunstancias de forma y modo en los cuales se produjo el evento y el daño ocasionado.
CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES
Artículo 51. Son circunstancias atenuantes:

  1. La falta de antecedentes disciplinarios del equipo o persona inculpada, según el Registro de Reincidencias del Artículo 53,
  2. Cualquier hecho o circunstancia que a juicio del H.T.D.C., constituya un elemento atenuante de la conducta de la persona o equipo sujeto a juzgamiento.

CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES
Artículo 52.- En caso de reincidencia, la pena podrá aumentarse hasta un doble de la que corresponda aplicar. Las sanciones aplicadas en un Campeonato que no se hayan cumplido íntegramente durante el mismo, deberán terminar de cumplirse en los Campeonatos FIMBA sucesivos.
REGISTRO DE REINCIDENCIAS
Artículo 53.- El Honorable Tribunal de Disciplina de FIMBA tendrá a su cargo llevar un Registro de Reincidencias de todos los equipos y las personas que participen en cualquier carácter en los campeonatos FIMBA, sancionados por los H.T.D.C. Se eliminarán del Registro las sanciones que tengan una antigüedad mayor de cinco años. Solo se registrarán las Sanciones aplicadas por los H.T.D.C., no así las suspensiones que se apliquen automáticamente. Este Registro es público y podrá figurar en la página web de FIMBA. Los Comités Organizadores de los Campeonatos FIMBA deberán verificar en el Registro de Reincidencias cuáles son aquellas sanciones que restan por cumplir de Campeonatos anteriores, a fin de impedir la inscripción de aquellas personas o entidades cuya sanción se encuentre vigente al momento de iniciarse el nuevo torneo. El computo de la sanción incluirá los torneos posteriores aún cuando el sancionado no se haya inscripto o haya desistido de participar.
CONCURSO DE INFRACCIONES
Artículo 54.- En caso de que el imputado hubiera cometido más de una infracción sancionable en el mismo acto, deberá aplicarse como mínimo, el de la pena menor y como máximo, el de la pena mayor.
REDUCCIÓN Y CONMUTACIÓN DE PENAS
Artículo 55.- Se puede solicitar la reducción o conmutación de las siguientes penas:

  1. Suspensión a jugadores, directores técnicos o auxiliares por dos partidos o más.
  2. Expulsión, cuando hayan pasado al menos tres partidos en el mismo torneo desde que fuera sancionado.

Artículo 56.- La reducción o conmutación de penas debe solicitarse al H.T.D.C., mediante recurso de Apelación por escrito y cumplimentar el pago del canon de U$S 200 (Doscientos Dólares estadounidenses).
CAPITULO IV
DE LAS PENAS EN PARTICULAR
Artículo 57.- Se aplicará una sanción de suspensión por un partido al jugador o entrenador expulsado de un juego o porque dos faltas técnicas, o dos falta antideportiva o una técnica y una falta antideportiva en el mismo juego.
Artículo 58.- Corresponde la pena de suspensión de dos partidos en el caso de:

  1. Protesta, discusión o resistencia en forma irrespetuosa a los fallos de los réferis y fuera debidamente informado en la planilla de juego.-
  2. Insulto a los réferis, al personal de la mesa de control y autoridades del torneo, durante o después de finalizado el partido.

Artículo 59.- Corresponde la pena de suspensión por el resto del campeonato a quien intentara algún tipo de agresión a cualquier personas antes, durante o después de un partido.
Artículo 60.- Corresponde la pena de expulsión del campeonato y la fijación de tres (3) a cinco (5) años de suspensión a quien agrediera de hecho a los réferis, jugadores, autoridades del campeonato, de la mesa de control u otras personas, antes, durante o después de un partido.
PARTICIPACIÓN EN MAS DE UN EQUIPO
Artículo 61.- Corresponde la pena de expulsión del torneo al jugador que participara de más de un equipo de la misma u otra categoría, o del mismo u otro país.
Igual pena se aplicará al delegado del equipo, al capitán y al Representante FIMBA del o los países que se trate.
Artículo 62.- Derogado
JUGADOR DE MENOR EDAD
Artículo 63.- Corresponde la pena de expulsión del torneo y la de suspensión de hasta dos (2) años para intervenir en cualquier torneo auspiciado u organizado por FIMBA , al jugador que, teniendo menor edad a la de una categoría interviniera en una categoría que no le corresponde.
Igual pena se aplicará al delegado del equipo, al capitán y al representante FIMBA del país que se trate.
INCLUSIÓN INAPROPIADA DE JUGADORES
Artículo 64.- El equipo que jugara con la inclusión de un jugador/a o jugadores/as que no estuvieran en la lista oficial del equipo, o con un jugador/a o jugadores/as de menor edad a la correspondiente será pasible de las siguientes penas: a) el descuento de puntos en todos los partidos jugados, b) la expulsión del campeonato, c) la suspensión por dos (2) a (5) años para intervenir en torneos organizados o auspiciados por FIMBA a todos los integrantes del mismo, y d) la aplicación de una multa de hasta quinientos dólares estadounidenses (U$D 500.-) en forma solidaria a los integrantes del equipo.
Artículo 65.- Derogado
Artículo 66.- Derogado
Artículo 67.- Derogado
Articulo 68.- Derogado
Artículo 69.- Derogado
Articulo 70.- Derogado

NO PRESENTACIÓN DE EQUIPO
Artículo 71.- Corresponde la pena de pérdida de puntos en juego al equipo que no se presentara a jugar un partido programado en el campeonato.
Artículo 72.- Se considerará no-presentación y se aplicará la pena de pérdida de puntos, al equipo que no se presentara a jugar en el horario programado. Se deja establecido que los partidos comenzarán en el horario fijado, sin que exista tolerancia alguna, salvo el caso comprobado de fuerza mayor o caso fortuito.
Artículo 73.- Ocurrida la no-presentación del Artículo 71, corresponderá aplicar una multa al equipo de U$S 200.- (Doscientos Dólares estadounidenses) y la suspensión por un partido al capitán que figure en la última planilla de juego.
Artículo 74.- Cuando dos equipos oponentes no se presentasen a jugar el partido, se les dará por perdido a ambos, con el tanteador y el puntaje de 0-0.
ABANDONO DE JUEGO
Artículo 75.- Ante el abandono del juego se observarán las siguientes normas para cerrar la planilla de juego:

  1. El equipo perderá por 20-0 en el tanteador y obtendrá 0 puntos;
  2. Si el tanteador favorecía al equipo que se mantiene en juego, se le dará por ganado el partido con el escore existente.

RETIRO DE UN EQUIPO
Artículo 76.- Corresponde la pena de pérdida de puntos en juego al equipo que se retirara de un partido antes de su finalización, así como una multa de (Doscientos cincuenta dólares estadounidenses) U$S 250, y la suspensión por un partido de su capitán.
Artículo 77.- Corresponde la pena de suspensión por el término de uno (1) a tres (3) años a todos los jugadores, D.T. e integrantes del equipo, que se retiraran de un campeonato antes de su finalización. La suspensión lo será para intervenir en cualquier tipo de evento nacional e internacional auspiciado por FIMBA.
Artículo 78.- Ocurrido el retiro de equipo del campeonato, corresponderá la multa al equipo de U$S 400.- (Cuatrocientos Dólares estadounidenses). Si el retiro fuera antes de la semifinal o la final de un torneo, la multa será de U$S 500.- (Quinientos Dólares Estadounidenses).
Artículo 79.- El retiro de un equipo significará la pérdida de la posición y le corresponderá la última del campeonato, aplicándose las siguientes penas:

  1. Se le darán por perdidos todos los partidos que le restasen jugar, y los jugados quedarán con el tanteador 0-20 si los ganaron, o con el score final, pero siempre el puntaje será 0. No se tomará en cuenta esta regla con los partidos jugados en la zona de clasificación, si el retiro fuera en la etapa final;
  2. Suspensión por el término de dos (2) a cinco (5) años a todos los jugadores del equipo, al D.T. y al delegado;
  3. la pena de pago de los gastos y reparación de daños y perjuicios sufrido por el Comité Organizador fijada en U$S 250.- (Doscientos cincuenta Dólares Estadounidenses);
  4. En caso de que el delegado, D.T. o algún jugador del equipo fueran integrantes de alguno de los cuadros directivos de FIMBA o alguno de sus estamentos regionales, la pena de suspensión será aumentada al doble.

Artículo 80.- Derogado
PENAS ESPECIALES A AUTORIDADES
Artículo 81.- Corresponderá la pena de suspensión por el término de seis (6) meses a dos (2) años, a las autoridades de cualquier estamento de FIMBA, en cuyo equipo o equipos nacionales haya actuado un jugador de menor edad en una categoría que no le correspondiera y/o en caso de sustitución de personas.
Artículo 82.- Toda pena aplicable a un jugador que integre alguno de los órganos directivos del Comité Organizador o estamento de FIMBA, será del doble de la que correspondiera, quedando inhabilitado para su cargo hasta su cumplimiento.
Artículo 83.- La agresión de algún integrante comprendido en el Artículo anterior, determinará su expulsión como jugador y autoridad del torneo y le corresponderá la pena de inhabilitación para su cargo en la comisión correspondiente de FIMBA por el término de tres (3) a cinco (5) años.
CAPITULO V
TRANSGRESIONES CONTRA LA ENTIDAD Y EL MAXIBASQUETBOL
Articulo 84.- Toda irregularidad, transgresión e infracción cometida en contra de la entidad o contra la categoría Maxibasquetbol será estudiada y sancionada por el Honorable Tribunal de Disciplina de FIMBA con el procedimiento y las penas que se fijan en los artículos que siguen.
Artículo 85.- Se considerará hecho sujeto a pena y, en consecuencia, susceptible de ser sancionado, toda acción, omisión u hecho que afecte el normal desenvolvimiento y objetivos de FIMBA, de sus Comités y de sus órganos directivos, la organización de eventos, de torneos y campeonatos auspiciados u organizados por esta, sea porque transgredan las reglas del presente Código, pongan en peligro la realización de algún evento programado, amenacen el normal desenvolvimiento de las actividades o el funcionamiento de la entidad, o impliquen una violación a las reglas y reglamentaciones generales o internas, y a los principios morales y de buena fe que rigen el desenvolvimiento de FIMBA en el mundo del maxibásquetbol.
DENUNCIAS
Artículo 86.- Podrán efectuar denuncia por cualquier infracción determinada en el artículo anterior y precedentes:
a) los integrante de algún órgano directivo, de alguna Comisión, los Representantes y los Réferis FIMBA,
b) los participante de un evento FIMBA, y
c) los inscriptos a un evento FIMBA.
Las mismas se presentarán en la Secretaría de FIMBA personalmente, o por mail a fimba@fimba.net en idioma Español o Inglés.
Artículo 87.- Las denuncias presentadas serán elevadas al H.T.D. para su tratamiento. Las resoluciones se efectuarán dentro del termino de diez (10) días posteriores al descargo o de agotadas las pruebas y se notificará al o a los imputados personalmente o en forma digital, quedando notificado con el envío de e-mail o mediante la publicación en la pagina web oficial de FIMBA.
PENAS
Artículo 88.- Corresponde la aplicación de una multa de hasta quinientos dólares estadounidenses (U$D 500.-) y la pena de expulsión del evento, al participante o inscripto a un evento FIMBA que participe indirectamente en la infracción del Artículo 85.
Artículo 89.- Corresponde la aplicación de una multa de hasta ochocientos dólares estadounidenses (U$D 800.-), la pena de expulsión del evento donde participare o se encontrara inscripto y la suspensión de tres (3) años a cinco (5) años para participar de cualquier evento FIMBA o auspiciados por ella, a quien participe directamente en la infracción del artículo 85.
Artículo 90.- Corresponde la aplicación de una multa de hasta mil dólares estadounidenses (U$D 1000.-), la pena de expulsión de la entidad y la inhabilitación para participar en cualquier evento social o deportivo de FIMBA al integrante de cualquier estamento de FIMBA que participe directamente en la infracción del artículo 85.
Artículo 91.- Corresponde la pena de inhabilitación para participar en cualquier evento social o deportivo de FIMBA, a quien se encuentre dentro de las disposiciones del Artículo 85 y/o boicotee la realización total o parcial de algún evento oficial FIMBA a saber: a) Campeonato Panamericano, b) Campeonato Centro Caribe, c) Campeonato Sudamericano, d) Campeonato Europeo, e) Ligas, f) Torneos oficiales, g) Tour Mundial de 3×3, h) Campeonato Mundial, i) Basketball on the Sea, j) Congresos y Conferencias Panamericana, k) Congresos y Conferencias Europeas, l) Congresos y Conferencias Mundiales, o cualquier otro que se oficialice en el futuro.
Artículo 92.- Corresponde la pena de inhabilitación para participar por el término de (5) cinco a (10) diez años en cualquier evento social o deportivo de FIMBA, a quien participe de un evento, torneo o campeonato que afecte de cualquier manera un evento social o deportivo oficial de FIMBA.
REDUCCION O CONMUTACION DE PENAS
Artículo 93.- Se podrá solicitar la reducción o conmutación de las siguientes penas:

  1. Suspensiones, cuando se haya cumplido el 50% de la pena dispuesta.
  2. Expulsión, demostrando que ha cesado la acción punible y haya trascurrido desde ese momento, un termino igual al mínimo del correspondiente artículo.
  3. Inhabilitación para participar, demostrando que ha cesado la acción punible y haya trascurrido desde ese momento, un termino igual al mínimo del artículo correspondiente.

Artículo 94.- La reducción o conmutación de penas debe solicitarse al H.T.D., mediante recurso de Apelación por escrito y cumplimentar el pago del canon de (U$S 200) Doscientos Dólares estadounidenses.
PLAZOS
Artículo 95.- Los plazos establecidos en el presente Capitulo se contarán desde el día posterior a la notificación de la resolución.
CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES
Artículo 96.- Son circunstancias atenuantes:

  1. La falta de antecedentes disciplinarios de la persona inculpada, según el Registro de Reincidencias del Artículo 53.
  2. Cualquier hecho o circunstancia que a juicio del H.T.D., constituya un elemento atenuante de la conducta de la persona sujeta a juzgamiento.